Cada cuánto hay que pasar la ITV a un vehículo

Cada cuánto hay que pasar la ITV a un vehículo
NOTICIA de Jessica Pascual
15.02.2023 - 15:16h    Actualizado 22.02.2023 - 13:48h

Pasar la ITV es un trámite obligatorio que tienen que realizar todos los conductores para garantizar que el vehículo con el que circulan se encuentra en buen estado y no supone ningún riesgo para la seguridad vial. ¿Pero, cada cuánto hay que pasa este examen? El plazo exacto en el que un vehículo tiene que pasar la ITV varía en función de su edad y del tipo de transporte que se trate. Aspecto que también influye de manera decisiva en cuándo hay que pasar la primera ITV de un coche.

Por ello, en esta guía puedes consultar los plazos de cada cuánto hay que pasar la ITV en función al vehículo que se trate y su edad, así como los papeles y documentación donde puedes encontrar esta información relativa a cada vehículo.

Cómo saber cuándo hay que pasar la ITV

Después de saber cuándo hay que pasar la primera ITV y obtener un justificante de ello, puedes encontrar la fecha de la siguiente revisión en los siguientes documentos:

  1. Reverso de la tarjeta ITV
  2. Informe de la ITV anterior
  3. Pegatina ITV (la marca que aparece detallada en números romanos indica el mes y las dos cifras del número destacado, el año).

En el caso de que no encuentres o no tengas ninguno de estos tres documentos, existe la posibilidad de que solicites esta información directamente a la Dirección General de Tráfico.

Plazos para pasar la ITV según el tipo de vehículo

El plazo para pasar la ITV del coche varía en función del tipo de automóvil. A continuación puedes consultar un cuadro con la frecuencia con que debe pasar la ITV cada tipo de vehículo:

EXENTO (Fecha de la primera ITV) BIENAL (Cada 2 años) ANUAL (Todos los años) SEMESTRAL (Cada seis meses)
Motocicletas Hasta 4 años de antigüedad. Más de 4 años de antigüedad
Ciclomotores de dos ruedas. Hasta 3 años. Más de 3 años
Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, con capacidad hasta nueve plazas, incluido el conductor, autocaravanas y vehículos vivienda. Hasta 4 años de antigüedad Más de 4 años de antigüedad Más de 10 años de antigüedad
Vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar, con o sin aparato taxímetro, con capacidad de hasta nueve plazas, incluido el conductor. Hasta 5 años de antigüedad Más de 5 años de antigüedad
Vehículos dedicados al transporte de personas, incluido el transporte escolar y de menores, con capacidad para diez o más plazas, incluido el conductor. Hasta 5 años de antigüedad Más de 5 años de antigüedad
Furgonetas y camiones dedicados al transporte de mercancías o cosas de masa máxima autorizada menor o igual a 3,5 Tm. Hasta 2 años de antigüedad De 2 a 6 años de antigüedad De 6 a 10 años de antigüedad Más de 10 años de antigüedad
Camiones dedicados al transporte de mercancías o cosas, de masa máxima autorizada mayor de 3,5 Tm. Hasta 10 años de antigüedad Más de 10 años de antigüedad
Vehículos de servicio de alquiler. Hasta 2 años de antigüedad De 2 a 5 años de antigüedad Más de 5 años de antigüedad
  • Las motocicletas deben pasarla cada dos años después de realizar la primera revisión de la ITV.
  • Los ciclomotores de dos ruedas deben pasarla en periodos bienales, es decir, cada 2 años, una vez tengan más de 3 años de antigüedad. Puedes consultar más detalles acerca de cada cuánto hay que pasar la ITV de la moto desde la información enlazada.
  • Los vehículos de uso privado de hasta 9 plazas, deben acudir a revisión cada dos años desde la primera ITV hasta que cumplen 10 años. A partir de este momento, deben pasarla cada año.
  • Los vehículos de servicio público con capacidad de hasta 9 personas deben pasar las revisiones de forma anual hasta los cinco años de antigüedad. Y, pasada esta fecha, cada seis meses.
  • Los vehículos dedicados al mismo fin que el apartado anterior, pero con diez plazas o más, deben pasar las revisiones en los mismos plazos que en el caso anterior. Y lo mismo se aplica para aquellos vehículos específicos de transporte escolar de más de 10 plazas.
  • En el caso de las furgonetas o camiones dedicados al transporte de mercancía deben pasarla por primera vez a los dos años. Entre los 2 y 6 años de antigüedad deben pasarla cada dos años. Entre los 6 y 10 años deben someterse a revisión de forma anual. Y una vez alcancen los 10 años, cada seis meses.
  • Los camiones dedicados al transporte de mercancías o cosas de mayor toneladas que los anteriores deben pasar la revisión de forma anual hasta cumplir 10 años. Y, después, cada seis meses.
  • Los vehículos de servicio de alquiler deben pasar la ITV de forma anual entre los 2 y 5 años de vida. Y, superada esta fecha, cada seis meses.



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