Baja por riesgo en el embarazo, cuándo solicitarla
La baja por riesgo en el embarazo es un derecho al que pueden acogerse todas las trabajadoras gestantes cuya actividad laboral pueda poner en peligro su salud o la del feto. La empresa tiene que conceder esta baja siempre y cuando no pueda ofrecer un puesto de trabajo alternativo en el que ni la mujer ni el bebé corran riesgo.
Durante este periodo de baja, las embarazadas reciben una prestación económica para compensar la suspensión del contrato laboral y cuya solicitud se tramita en la Seguridad Social. Pero no hay que confundir este tipo de baja con otra de similar nombre, porque las diferencias entre un embarazo de riesgo o del riesgo durante el embarazo son dos: La ayuda a la que tiene derecho la madre y la causa que motiva la baja. A continuación explicamos las diferencias entre estas dos prestaciones y los principales detalles de cada una.
Contenido de la información:
- Baja por riesgo durante el embarazo
- ¿Todas las embarazadas tienen derecho a esta baja?
- Cuándo puedo pedir la baja por riesgo durante el embarazo
- Cuánto se cobra de baja por riesgo en el embarazo
- Cuándo empieza a cobrarse la prestación
- ¿Quién paga la baja?
- ¿Qué sucede si se me acaba el contrato estando de baja por riesgo durante el embarazo?
Baja por riesgo durante el embarazo
La normativa es clara sobre esta situación. La Ley 31/1995 de prevención de Riesgos Laborales detalla que la empresa tiene la obligación de adaptar el puesto de trabajo de la empleada, modificando las funciones o la jornada en caso de que fuera necesario. La finalidad es evitar que las circunstancias laborales puedan perjudicar a la salud del feto o a la de la futura mamá. En el caso de que esto no fuera posible, la compañía tiene que concederle la baja por riesgo durante el embarazo.
¿Todas las embarazadas tienen derecho a esta baja?
No. Tienen derecho a solicitar la baja por riesgo en el embarazo todas las mujeres que tengan contrato laboral y se encuentren trabajando durante el embarazo para esa empresa. Es decir, tienen que estar dadas de alta, afiliadas a la Seguridad Social y estar al corriente del pago de las cuotas. Por el contrario, no es necesario que acredite un periodo mínimo de cotización. Este derecho también puede pedirse aunque la solicitante esté de vacaciones.
Por el contrario, hay situaciones en las que una embarazada no puede acogerse a este periodo de baja. Esto se produce si la mujer se encuentra en una excedencia o tiene un contrato fijo discontinuo, pero no está trabajando. Y tampoco si se encuentra de baja por una incapacidad temporal.
Cuándo puedo pedir la baja por riesgo durante el embarazo
En cuanto al momento exacto del embarazo en el que puede pedirse esta baja, la normativa es confusa porque no hay ninguna ley que lo detalle. En este caso, acudir al médico es la mejor alternativa para que el profesional evalúe el tipo de embarazo que tienes en relación con el trabajo que desempeñas y pueda indicarte una semana de baja aproximada.
Cuánto se cobra de baja por riesgo en el embarazo
La cuantía de la prestación de esta baja por riesgo en el embarazo se calcula de la siguiente manera:
Hay que restar las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención del IRPF al 100 % de la base reguladora desde el mismo día en el que se suspende el contrato. Aunque esta es la regla general, hay situaciones especiales en las que la cantidad que percibe la embarazada varía. Son las siguientes:
- Mujeres con contrato de formación tienen derecho a cobrar la base mínima de cotización del Régimen General.
- En el caso de las trabajadoras que pertenezcan al régimen especial de artistas o al de profesionales taurinos, el cálculo es el siguiente: La base reguladora que van a cobrar se obtiene al dividir la suma de las bases de cotización de los últimos 12 meses entre 365.
Cuándo empieza a cobrarse la prestación
El derecho a cobrar la prestación de las empleadas que trabajan para una empresa (por cuenta ajena), comienza desde el día en el que se hace efectiva la suspensión del contrato. Mientras que en el caso de las autónomas o trabajadoras por cuenta propia, el cobro de la prestación al día siguiente de que la Mutua o la entidad gestora emita el informe médico que acredite su situación.
Por el contrario, el derecho a recibir esta prestación finaliza el día de la reincorporación al trabajo o en el momento en el que empiece a recibir la prestación por maternidad.
¿Quién paga la baja?
La entidad que paga la prestación de la baja por embarazo es la mutua de la empresa, que colabora con la Seguridad Social. Este es en el caso concreto de esta situación, pero no siempre es así. Por el contrario, el proceso y cálculos para saber cuánto se cobra de baja depende de la causa que haya ocasionado la baja y de otras circunstancias específicas.
¿Qué sucede si se me acaba el contrato estando de baja por riesgo durante el embarazo?
Si la fecha de fin de contrato coincide con el cobro de la prestación, la baja finaliza y se suspende el pago de esta prestación. En el caso de que la embarazada cumpla los requisitos, puede iniciar los trámites para solicitar la prestación por desempleo.