Ayudas de hasta el 50 % del alquiler en Castilla y León para personas con pocos recursos
La Junta de Castilla y León ha convocado un paquete de ayudas de hasta el 50 % para pagar el alquiler que se dirigen a personas con pocos recursos y que vivan en alguna de las localidades de toda la comunidad leonesa. Estas ayudas al alquiler pueden solicitarse desde el 2 de julio, fecha en la que se publica la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL). El plazo para tramitar la solicitud finaliza un mes después de la publicación, es decir, el 2 de agosto de 2021.
Contenido de la información:
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Quién puede acceder a las ayudas
Las ayudas al alquiler de esta convocatoria están dirigidas a personas con pocos recursos que se ajusten a unos límites económicos. Pueden solicitar estas subvenciones tanto personas solas como unidades de convivencia, siempre que convivan de forma habitual y permanente en una misma vivienda.
Requisitos
Las personas que quieran acceder a estas ayudas deben ajustarse a los siguientes requisitos:
- Ser personas físicas mayores de edad
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda
- Que la vivienda sea la residencia habitual y permanente del solicitante. Este hecho se comprobará mediante el certificado de empadronamiento
- Tener la nacionalidad española. Si el solicitante es extranjero, debe tener residencia legal en España
- No pueden tener unos ingresos superiores a 3 veces el IPREM
- Por el contrario, no hay un límite mínimo de ingresos que deban justificar los solicitantes
- La renta que pagan los solicitantes por el alquiler en el que viven también debe encontrarse dentro de unos límites. El límite máximo que puede costar el alquiler para acceder estas ayudas depende de la ubicación de la residencia:
- En el ámbito municipal B, la renta máxima permitida es de 500 euros al mes
- En el ámbito municipal 1C, la renta máxima anual es de 450 euros al mes
- En los ámbitos municipales 2 y 3, la reta máxima anual es de 425 euros al mes
- En el ámbito municipal 4 la renta máxima es de 375 euros al mes
>> Puedes consultar qué localidades están incluidas en cada área municipal en este PDF de la Junta de Castilla y León.
No pueden acceder a las ayudas al alquiler las personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España.
- Que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar tengan parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador de la vivienda.
- Que el solicitante o algún miembro de la unidad familiar sean socios o partícipes del arrendador.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda es, con carácter general, del 40 % de la renta del alquiler. Pero puede cubrir el 50 % de la renta si los solicitantes son jóvenes menores de 35 años o personas mayores de 65.
Solicitud
Las personas interesadas en solicitar estas ayudas pueden iniciar la solicitud por cualquiera de las siguientes vías:
- Por Internet a través de la sede electrónica de la Junta de Castilla y León. Para hacer la solicitud telemática es necesario que el solicitante tenga un DNI electrónico u otro tipo de identificación digital.
- De forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros o en los servicios territoriales de Fomento de cada provincia.
El plazo para solicitarlas es de un mes a contar desde el día en el que se publica la orden en el BOCyL, es decir, a partir del 2 de julio de 2021.
Independientemente de la vía por la que se presente, todos los solicitantes deben presentar el modelo de solicitud junto con el documento que acredite el pago de la renta.
Documentación
Además del modelo oficial de solicitud, es necesario adjuntar la siguiente documentación:
- Certificado o volante de empadronamiento
- Copia de los contratos de arrendamiento
- Si en la unidad de convivencia hay algún menor de edad, hay que presentar el libro de familia
- Declaraciones del IRPF relativas al año 2020
- Cualquier otro documento que soliciten los organismos para verificar las circunstancias personales y familiares que dan derecho a recibir la ayuda
Cuánto tiempo dura la ayuda
El periodo subvencionable por parte de la Junta es de 12 meses, desde el 1 de enero de 202 hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Durante este periodo los solicitantes pueden cambiar de domicilio, siempre y cuando sea dentro de los límites de la comunidad.
El pago de esta parte de la renta se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta que haya indicado el solicitante.
Plazo de resolución
Los organismos encargados de tramitar las solicitudes tienen un plazo máximo de 6 meses para resolverlas y comunicárselo a los solicitantes. Estos seis meses empiezan a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes.
Si un solicitante no recibe ninguna comunicación transcurrido este plazo, se entiende que la solicitud ha sido denegada.
Obligaciones
Los beneficiarios de las ayudas tienen la obligación de comunicar cualquier cambio o modificación en sus circunstancias personales o familiares que pudieran provocar la pérdida del derecho a recibir la ayuda. Si cambia de domicilio, tiene que comunicarlo en un plazo máximo de 15 días.