Autónomos y microempresas de menos de 3 trabajadores podrán pedir el bono digital de 3.000 euros el 14 de junio
A partir del 14 de junio, pequeñas empresas de entre 0 y menos de 3 empleados —el segmento III— y autónomos podrán pedir el bono digital de 3.000 euros después de que Red.es haya publicado una modificación parcial de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de las empresas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025. No aplican estas modificaciones a las comunidades de bienes, sociedades civiles profesionales, sociedades civiles con actividad mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida que pertenezcan al segmento III.
Cómo solicitar el bono digital
El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es. El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.
Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Importes de las ayudas
En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda. Además, esta resolución parcial de la convocatoria incrementa el presupuesto en 500 millones de euros, que unido al presupuesto inicial suman un total de 1.000 millones de euros. La finalidad es la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento.
Para aquellas empresas del segmento III que ya han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.
Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.