Autoconstrucción y autopromoción de viviendas en Cantabria
El Gobierno de Cantabria y el Ministerio de Vivienda han suscrito un convenio de colaboración para la aplicación del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. Entre las actuaciones protegidas se encuentra la promoción de viviendas protegidas de nueva construcción, dentro de la cual se incluye la figura de la promoción para uso propio (autopromoción) de viviendas protegidas de régimen especial, general y concertado.
En este sentido, a través del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 se otorgan préstamos convenidos de hasta el 80 % del precio máximo legal de la vivienda (en caso de promoción individual para uso propio, coste de la edificación más el valor del suelo que figure en la escritura de declaración de obra nueva). El plazo de amortización será de 25 años, aunque es posible ampliar este plazo siempre que exista sobre este respecto un acuerdo con la entidad de crédito gestora del préstamo.
En estos préstamos el tipo de interés a soportar podrá ser variable o fijo, según se establezca con la entidad de crédito. Si el interés es variable, éste será igual al Euríbor a 12 meses publicado por el Banco de España en el Boletín Oficial del Estado, el mes anterior al de la fecha de formalización, más un diferencial de entre 25 y 125 puntos básicos (Euríbor + 0,25/1,25).
Una vez que la vivienda protegida promovida para uso propio obtenga la calificación definitiva, el autopromotor pasará a ser considerado comprador, y como tal, podrá acceder, dentro de lo establecido en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, a los subsidios de los préstamos convenidos y a la ayuda estatal directa a la entrada que la normativa establece para cada tipo de vivienda protegida (véase introducción o boletín nº 22 de febrero de 2009).
Además, la Resolución de 22 de mayo de 2009, por el que se publica el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Vivienda y la Comunidad Autónoma de Cantabria para la aplicación del Plan Estatal, establece que el Gobierno autonómico con cargo a sus presupuestos incluye una ayuda directa de 2.500 euros destinada a promotores para uso propio, que accedan por primera vez a una vivienda y estén incluidos en los colectivos con derecho de protección preferente (jóvenes menores de 35 años, víctimas de la violencia de género, familias numerosas, familias monoparentales con hijos, personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, así como las familias que las tengan a su cargo, etc.) En el caso de nuevas viviendas rurales promovidas por promotores para uso propio, se incluirán además de garajes y trasteros, anejos en las que se desarrollen actividades económicas.
AUTOCONSTRUCCIÓN Y AUTOPROMOCIÓN POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
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