¿A quién pertenece el décimo de Lotería de Navidad si me separo?
Quedan pocas semanas para la celebración del Sorteo de la Lotería de Navidad 2024. Millones de españoles sueñan con que les toque ‘El Gordo’ de Navidad. Es habitual comprar un décimo con amigos, familiares o compañeros de trabajo. Eso sí, sea con quien sea que compres un décimo, es importante saber lo que hay que hacer para compartir décimos de la Lotería de Navidad y evitar problemas en caso de que resulte premiado.
Pero, ¿qué sucede si me separo de mi pareja y nos toca un premio? Los décimos de la Lotería de Navidad se venden desde verano, por lo que puede ocurrir que en el pasado hayas comprado a medias un décimo con tu pareja y en el momento del sorteo ya os hayáis separado.
¿Separación o divorcio?
Puede darse la situación de que una pareja se divorcie o se separe y tenga comprado uno o varios décimos de Lotería de Navidad. Entonces, ¿a quién pertenece el boleto? En primer lugar, hay que discernir si se trata de una separación o un divorcio.
En el caso de una separación, habrá que demostrar que la propia separación sea prolongada y no una interrupción de la convivencia. En caso de acreditar una separación de hecho, el boleto pertenecerá al comprador del mismo porque no se puede considerar como un bien ganancial.
Y, ¿qué dice la ley en los casos de divorcio del matrimonio?
- Según el artículo 1351 del Código Civil, si el matrimonio está en régimen de gananciales, en caso de que el décimo resulte premiado se deberá repartir a partes iguales el dinero.
- En cambio, si estaban casados en régimen de separación de bienes, el posible décimo premiado pertenecerá al que pueda acreditar la compra de la lotería. La única excepción se dará en los casos en los que se demuestre que el décimo se compró a medias.
Parejas de hecho
Otro caso que se debe abordar es el de las parejas de hecho. Al no estar casados, no se aplican las mismas normas económicas que en los matrimonios. En esta situación ocurriría lo mismo que con un matrimonio bajo régimen de separación de bienes. Es decir, las ganancias de la lotería recaerán en el miembro que haya buscado y comprado el décimo, salvo que se pueda demostrar que éste fue adquirido por ambos.